1.
Visa temporaria para extranjero con vínculo con chileno(a)
Para solicitar la visa de residencia temporaria bajo el
fundamento de un vínculo con personas de nacionalidad chilena, se entenderá que
éste existe en el caso de que el solicitante sea hijo, padre, madre o cónyuge
de chileno.
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2. Visa temporaria para hijo de extranjero transeúnte
De acuerdo con la legislación de extranjería, podrán solicitar
una visa temporaria aquellas personas que al momento de su nacimiento en el
territorio nacional, sus padres se encontraban en el país en calidad de
turistas.
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3. Visa temporaria para extranjero vinculado con familiar que
posea permanencia definitiva
Podrán solicitar visa de residencia temporaria aquellos
extranjeros que tengan vínculos familiares con ciudadanos extranjeros que sean
titulares de un permiso de permanencia definitiva en Chile. Para estos efectos,
se entenderá como vínculo familiar la relación de hijo, padre, madre o cónyuge.
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4. Visa temporaria para ex residente
Se podrá conceder visación de residencia temporaria a los
extranjeros ex residentes de VISA que hayan tenido residencia durante a lo
menos 1 año y que regresen al país después de haber estado ausente por un plazo
no superior a 5 años; y los ex titulares de Permanencia Definitiva cuyo permiso
haya sido revocado tácitamente por haber estado más de 1 año fuera del país.
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5. Visa temporaria para religiosos
Se podrá conceder permiso de residencia temporaria a los
extranjeros religiosos pertenecientes a iglesias, ordenes o congregaciones
reconocidas en el país, que vengan a desarrollar actividades religiosas,
docentes o asistenciales.
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6. Visa temporaria para jubilados y rentistas
Podrá solicitar permiso de residencia temporaria aquel
extranjero jubilado o rentista, que viaje al país por períodos superiores a lo
noventa días con motivo de sus actividades o intereses en el país.
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7. Visa temporaria para inversionistas y comerciantes
Podrá solicitar un permiso de residencia temporaria el
empresario, inversionista, comerciante o persona de negocios en general, que
viaje al territorio nacional por períodos superiores a los noventa días con
motivo de sus actividades e intereses en el país.
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8. Visa temporaria para profesionales y técnicos de nivel
superior, con dos o más contratos, remunerado en el exterior, periodistas o
profesionales de medios de comunicación
Es el permiso de residencia que habilita a su titular a residir
en el país y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones
especiales.
Técnicos de Nivel Superior corresponden a carreras con un mínimo
de 1.600 horas académicas; si el título técnico no señala el número de horas
cursadas, debe adjuntar un certificado de la Institución que acredite las
horas, debidamente legalizado.
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*INGENIEROS Y TÉCNICOS
GRADUADOS EN EL EXTRANJERO.
De acuerdo a Ley N° 12.851 y en cumplimiento del Art. 6°, que señala que “los ingenieros y técnicos graduados en el extranjero y especialmente contratados para ejercer una función determinada en Chile, deberán solicitar autorización del respectivo Colegio para su ejercicio, el cual procederá a inscribirlos en un Registro Especial, en el que se dejará constancia de la actividad específica que se le autoriza realizar y el plazo del respectivo contrato” , http://www.ingenieros.cl
De acuerdo a Ley N° 12.851 y en cumplimiento del Art. 6°, que señala que “los ingenieros y técnicos graduados en el extranjero y especialmente contratados para ejercer una función determinada en Chile, deberán solicitar autorización del respectivo Colegio para su ejercicio, el cual procederá a inscribirlos en un Registro Especial, en el que se dejará constancia de la actividad específica que se le autoriza realizar y el plazo del respectivo contrato” , http://www.ingenieros.cl
9. Visa temporaria para embarazadas y tratamiento médico
El Ministerio del Interior, en conjunto con los Ministerios de
Salud y Secretaría General de Gobierno han generado un Programa Especial de
Protección de la Maternidad, orientado a facilitar el acceso a los servicios de
salud para aquellas trabajadoras extranjeras, que residiendo en Chile, quedan
embarazadas. Ellas podrán optar a un permiso de residencia temporaria
certificando que controlan su situación de embarazo en el centro de salud que
corresponde a su domicilio.
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13.
Visa “acuerdo sobre residencia de los estados partes del MERCOSUR, Bolivia y
Chile”, nacionales de argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay
Este permiso de residencia se fundamenta en el principio de
reciprocidad internacional Oficio Circular N°264645, del 04.12.09, del
Subsecretario del Interior, que estipula que se otorgará visación de residente
temporario por un año, prorrogable por igual período a los ciudadanos
argentinos, bolivianos, brasileros, paraguayos y uruguayos, que se
encuentren en Chile, independiente de la actividad que vengan a realizar,
siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos.
NOTA: Para solicitar esta visa, los ciudadanos deben presentar
el Pasaporte Vigente.
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Saludos, Venezuela entro el mercosur y varios paises tienen la modalidad de visa por reciprocidad, es posible solicitar la visa para venezolanes en el consulado de chile?
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