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lunes, 15 de enero de 2018

Legalización de documentos en Venezuela

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En Venezuela, la legalización de documentos académicos se realiza ante tres organismos públicos: el Ministerio del Poder Popular para la Educación, el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria y el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
Los documentos académicos de educación primaria, secundaria, técnica y media, en general, se legalizan ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Los documentos deben estar firmados por la máxima autoridad institucional o de la Zona Educativa correspondiente.
Los trámites se deben realizar en:
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Dirección: Esquina de Salas, Edificio Sede del Ministerio del Poder Popular para la Educación. Planta Baja, Oficina de Legalizaciones. Parroquia Altagracia, Caracas.
Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 11:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 3:30 p.m.
Web: www.me.gob.ve 
Los títulos académicos, por su parte, se legalizan en el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Los documentos originales deben estar firmados por la máxima autoridad (rector) de la institución académica que emite el documento. Además, deben poseer el sello del Registro Público correspondiente, antes de ser sometidos al trámite de legalización.
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Dirección: calle Este 2, entre esquinas Dr. Paúl y Salvador de León, Torre del CNU – OPSU (antigua Torre del Banco Caribe), Planta Baja.
Oficina de Legalizaciones:
Parroquia Catedral, Municipio Libertador, Caracas.
Horario de recepción y retiro de documentos: lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:30 p.m. a 3:30 p.m.
Web: www.mppeu.gob.ve 
Si los títulos universitarios son emitidos por una universidad privada, el trámite de legalización se realiza directamente en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
Posteriormente, los documentos académicos deben llevarse al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores para su legalización final.
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores
Departamento de Legalizaciones
Dirección: Avenida Urdaneta, Torre MRE, Caracas, 1010.
Web: www.mre.gov.ve
La recepción de documentos se hará de lunes a jueves, entre 8:00 a.m. y 10:00 a.m., de acuerdo con el siguiente cronograma:
Lunes: números de cédulas que terminen en: 0,1 y 2
Martes: números de cédulas que terminen en: 3 y 4
Miércoles: números de Cédulas que terminen en: 5 y 6
Jueves: números de Cédulas que terminen en: 7,8 y 9
La entrega de los documentos legalizados, se hará de lunes a jueves, en el horario comprendido entre las 12:00 a.m. hasta las 2:00 p.m.

jueves, 5 de enero de 2017

Procedimientos para Reválida y Reconocimiento de títulos profesionales de las carreras de la salud


Procedimientos para Reválida y Reconocimiento de títulos profesionales de las carreras de la salud

Los profesionales de la salud que hayan obtenido su título en el extranjero y deseen ejercer la profesión en Chile, deben solicitar el reconocimiento de su título o la revalidación del mismo según sea el caso, de acuerdo al detalle que se describe a continuación:

Reconocimiento de título

Se aplica en el caso de existir convenios entre nuestro país y el país de título del solicitante. Este procedimiento lo realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores y permite al profesional ejercer en Chile con su título obtenido en el extranjero, reconocido.
Convenios existentes:
  • Bilaterales: Suscritos con Ecuador, Colombia, Uruguay, Brasil y Argentina. Reconocimiento automático. En el caso de títulos provenientes de Ecuador, sólo para Medicina.
  • Multilaterales: Convenio según Convención de México, suscrito entre Bolivia, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Perú. El artículo 3º de este convenio establece que para las carreras de la salud, cada Estado se reserva el derecho a solicitar como requisito un Examen General de Capacitación, que en la actualidad es exigido por Chile, se rinde en la Universidad de Chile y es similar al que se exige para el proceso de reválida.

Revalidación de título

Sin perjuicio de los convenios existentes, los profesionales titulados en el extranjero, pueden optar a revalidar su título.
La revalidación se define como la certificación de equivalencia entre un título profesional o un grado académico obtenido en el extranjero, con el respectivo título profesional otorgado por esta Casa de Estudios.
Se realiza en la Universidad de Chile y el postulante debe someterse a un proceso de evaluación, que al ser aprobado conduce a la obtención de un diploma similar al que esta institución confiere a sus titulados.
Más información sobre el procedimiento en www.revalidaciones.uchile.cl

Información y contacto

  • Para reválida en las carreras de la Facultad de Medicina (excepto Medicina)
    Elena Flores 
    Correo electrónico: eflores@med.uchile.cl 
  • Para reválida en la carrera de Medicina 
    Wladimir Bolton Muñoz 
    Correo electrónico: revalidamed@med.uchile.cl  
  • fuente: http://www.medicina.uchile.cl/

Reconocimiento de títulos extranjeros en Chile



Reconocimiento de títulos
Solicitud de registro de títulos obtenidos en el exterior.

Los interesados (chilenos o extranjeros), deben haber obtenido su título en uno de los siguientes países con los cuales Chile ha celebrado tratados:
Tratados Bilaterales
  • Brasil.
  • Colombia.
  • Ecuador.
  • España (sólo se aplica a chilenos y médicos españoles).
  • Perú.
  • Uruguay.
Tratado Multilateral
Convención de México sobre Ejercicio de Profesiones Liberales, firmada en México el 28 de enero de 1902, se aplica a los títulos obtenidos en:
  • Bolivia.
  • Costa Rica.
  • El Salvador.
  • Guatemala.
  • Honduras.
  • Nicaragua.
  • Perú.

Respecto de títulos profesionales obtenidos en otros países, los interesados deben consultar en la Oficina de Títulos y Grados de la Prorectoría de la Universidad de Chile. www.uchile.cl

Procedimientos para solicitar el reconocimiento o registro de Títulos Profesionales:
A contar del día 5 de diciembre de 2016, el trámite de reconocimiento o registro de títulos deberá efectuarse online, a través de la página del Ministerio de Relaciones Exteriores:
En el siguiente banner:
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En el siguiente banner:
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El procedimiento NO tiene carácter presencial, sino que se debe realizar exclusivamente a través de internet, salvo excepciones.
Una vez que se ingresa al banner reconocimiento y registro de títulos se despliega una pantalla que le ofrecerá una serie de campos que el interesado deberá ir completando y cuando sea pertinente deberá adjuntar la documentación de respaldo.
Creada la solicitud recibirá un correo informativo.
Cuando se inicie la tramitación de la solicitud se le comunicará vía email.
Al término del proceso recibirá un correo con un archivo adjunto que contendrá el certificado respectivo, firmado electrónicamente que permitirá su impresión y válido para todos los efectos legales.
Se recuerda que la documentación que debe adjuntar debe encontrarse debidamente apostillada o legalizada.
Las personas que iniciaron su trámite y requieran más información, pueden realizar sus consultas:
A través de la página web www.minrel.gob.cl Atención Ciudadana, donde deben indicar nombre completo, nacionalidad, profesión y fecha de ingreso de la solicitud y, a través de los formularios que se encuentran disponibles en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), que deberán completar con los mismos antecedentes señalados anteriormente.
Se recuerda que las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencia, tienen el siguiente horario:
Agustinas 1320, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Teatinos 180, de lunes a jueves de 9:00 a 17:30 horas y el día viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Documentos que se deben acompañar a la solicitud vía internet
1.-Título profesional original;
2.- Certificado original de Concentración de Notas de la carrera expedido por la universidad o centro de estudios superiores;
3.-Certificado original que acredite la existencia legal de la Universidad, y que es emitido por el ente regulador de educación superior.
Nota:
Los 3 documentos anteriores deben estar debidamente apostillados por la autoridad que la legislación local establezca para dichos efectos.
En el caso que el documento no sea apostillado sino legalizado, el procedimiento será el siguiente:

  • El documento debe estar legalizado por:
    • La autoridad local del país de origen,
    • El Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen,
    • El Consulado de Chile.
    • El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (calle Agustinas N°1320, Primer piso; de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas).

Se reitera que los interesados deben ser chilenos o poseer la nacionalidad del país en el cual se obtuvo el título.
La documentación expedida en Brasil debe presentarse traducida.
Terminado el proceso de reconocimiento o registro de título se enviará un correo electrónico con un archivo adjunto con firma electrónica que podrá imprimir y es válido para todos los efectos legales.
Notas:
- En el caso de los Licenciados en Derecho o abogados, concluido el procedimiento online se envía un "Certificado de Registro", en el cual se señala expresamente que no habilita al ejercicio profesional, que sólo procede luego que la Excma. Corte Suprema de Chile otorga el correspondiente título de abogado.
- La gestión relativa al reconocimiento o registro de títulos profesionales es gratuita.
Casos especiales en que es requerido un examen general:
Quienes deseen reconocer un título otorgado en un Estado Parte de la Convención de México de 1902, relacionado con la medicina y la cirugía (Médicos, Odontólogos, Químico-Farmacéutico, Médicos Veterinarios, Nutricionistas; Obstetras, Kinesiólogos, Tecnólogos Médicos, Enfermeras), deben rendir previamente un examen general, según establece el artículo III de dicho instrumento internacional, para lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores, luego de evaluar los antecedentes, los remite a tales efectos a la Universidad de Chile.
En estos casos, el proceso igualmente se debe realizar on line en la forma ya señalada. Posteriormente se enviará un correo electrónico informativo para que el interesado se contacte con la Universidad de Chile.
Una vez que dicha Universidad informa favorablemente el resultado, el Ministerio de Relaciones Exteriores expide el respectivo certificado de reconocimiento y lo envía al correo electrónico ingresado por el interesado para su impresión, firmado digitalmente y que tiene valor para todos los efectos legales.
Si esa universidad informa que el interesado no aprobó el examen, o que ha dejado transcurrir el tiempo sin rendirlo, la Sección Títulos lo informará al titular por correo electrónico.


lunes, 24 de marzo de 2014

Revalida y Reconocimiento de títulos profesionales de las carreras de la salud en Chile




Los profesionales de la salud que hayan obtenido su título en el extranjero y deseen ejercer la profesión en Chile, deben solicitar el reconocimiento de su título o la revalidación del mismo según sea el caso, de acuerdo al detalle que se describe a continuación:

1.- RECONOCIMIENTO DE TÍTULO:

Se aplica en el caso de existir convenios entre nuestro país y el país de título del solicitante.

El reconocimiento de Título lo realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores y permite al profesional ejercer en Chile con su título obtenido en el extranjero, reconocido.

vinetaConvenios existentes:

a) Bilaterales: suscritos con Ecuador, Colombia, Uruguay y Brasil.
Reconocimiento automático. En el caso de títulos provenientes de Ecuador, sólo para Medicina.

b) Multilaterales: Convenio según Convención de México, suscrito entre Bolivia, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Perú. El artículo 3º de este convenio establece que para las carreras de la salud, cada Estado se reserva el derecho a solicitar como requisito un Examen General de Capacitación, que en la actualidad es exigido por Chile, se rinde en la Universidad de Chile y es similar al que se exige para el proceso de reválida.

2.-REVALIDACIÓN DE TÍTULO:

Sin perjuicio de los convenios existentes, los profesionales titulados en el extranjero, pueden optar a revalidar su título.

La revalidación se define como la certificación de equivalencia entre un título profesional o un grado académico obtenido en el extranjero, con el respectivo título profesional otorgado por la Universidad de Chile.

Se realiza en la Universidad de Chile y el postulante debe someterse a un proceso de evaluación, que al ser aprobado conduce a la obtención de un diploma similar al que la Universidad de Chile confiere a sus titulados.

vinetaReglamentación y requisitos de inscripción ver en la página

www.revalidaciones.uchile.cl (Proceso de revalidación)

La Facultad de Medicina de la Universidad de Chile realiza el Proceso de Reválida para las siguientes profesiones de la salud: Enfermería, Fonoaudiología, Kinesiología, Medicina, Nutrición y Dietética, Obstetricia y Puericultura, Tecnología Médica y Terapia Ocupacional.

vinetaContactos

Carreras de : Enfermería, Fonoaudiología, Kinesiología, Nutrición y Dietética, Obstetricia y Puericultura, Tecnología Médica y Terapia Ocupacional:

Carrera de Medicina:
contact jespinoza@med.uchile.cl o cgonzalez@med.uchile.cl 
telefono_fijoFono 2 978 6108.

El título de Médico Cirujano obtenido por reválida después del 19 de Abril de 2009, sólo habilita para el ejercicio de la profesión en el ámbito privado. Para ejercer en el ámbito público u optar a programas de postgrado es necesario rendir y aprobar el EUNACOM.

3.- EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE MEDICINA (EUNACOM)www.eunacom.cl

La ley 20.261 que entró en vigencia el 20 de abril de 2009 establece que para acceder a cargos médicos financiados por el estado, los médicos deberán obtener un puntaje mínimo en un examen de conocimientos médicos. Establece también que la obtención del puntaje mínimo en este examen significa la reválida automática del título de médico cirujano obtenido en el extranjero. También define las características que deberá tener la asociación encargada de diseñar y administrar el examen.

La resolución exenta número 640 del 20 de agosto de 2009 nombra a ASOFAMECh como la entidad encargada de diseñar y administrar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina.

Este examen consta de sección teórica (EUNACOM ST) y una sección práctica (EUNACOM SP). Quienes hayan revalidado su título en la Universidad de Chile después del 20 de abril de 2009, podrán homologar la sección práctica del EUNACOM, presentando el Certificado de Título correspondiente.