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lunes, 15 de enero de 2018

Legalización de documentos en Venezuela

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En Venezuela, la legalización de documentos académicos se realiza ante tres organismos públicos: el Ministerio del Poder Popular para la Educación, el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria y el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
Los documentos académicos de educación primaria, secundaria, técnica y media, en general, se legalizan ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Los documentos deben estar firmados por la máxima autoridad institucional o de la Zona Educativa correspondiente.
Los trámites se deben realizar en:
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Dirección: Esquina de Salas, Edificio Sede del Ministerio del Poder Popular para la Educación. Planta Baja, Oficina de Legalizaciones. Parroquia Altagracia, Caracas.
Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 11:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 3:30 p.m.
Web: www.me.gob.ve 
Los títulos académicos, por su parte, se legalizan en el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Los documentos originales deben estar firmados por la máxima autoridad (rector) de la institución académica que emite el documento. Además, deben poseer el sello del Registro Público correspondiente, antes de ser sometidos al trámite de legalización.
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Dirección: calle Este 2, entre esquinas Dr. Paúl y Salvador de León, Torre del CNU – OPSU (antigua Torre del Banco Caribe), Planta Baja.
Oficina de Legalizaciones:
Parroquia Catedral, Municipio Libertador, Caracas.
Horario de recepción y retiro de documentos: lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:30 p.m. a 3:30 p.m.
Web: www.mppeu.gob.ve 
Si los títulos universitarios son emitidos por una universidad privada, el trámite de legalización se realiza directamente en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
Posteriormente, los documentos académicos deben llevarse al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores para su legalización final.
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores
Departamento de Legalizaciones
Dirección: Avenida Urdaneta, Torre MRE, Caracas, 1010.
Web: www.mre.gov.ve
La recepción de documentos se hará de lunes a jueves, entre 8:00 a.m. y 10:00 a.m., de acuerdo con el siguiente cronograma:
Lunes: números de cédulas que terminen en: 0,1 y 2
Martes: números de cédulas que terminen en: 3 y 4
Miércoles: números de Cédulas que terminen en: 5 y 6
Jueves: números de Cédulas que terminen en: 7,8 y 9
La entrega de los documentos legalizados, se hará de lunes a jueves, en el horario comprendido entre las 12:00 a.m. hasta las 2:00 p.m.

lunes, 10 de marzo de 2014

Normas de Revalidación de Título de Médico Cirujano





1. INSCRIPCIÓN EN EL PROCESO:

Las solicitudes de revalidación deben presentarse en la Prorrectoría de la Universidad de Chile (Avda. Libertador Bernardo O'Higgins N° 1058, Santiago, Chile), acompañadas de los documentos mencionados a continuación más el pago del arancel correspondiente a esta etapa del proceso, equivalente a 2 U.T.M.

Contacto: Sr. Héctor Paredes / Teléfono: 56-2-9781023 / Correo: hparedes@uchile.cl

a) Diploma original y fotocopia legalizada del título profesional.

b) Concentración de notas o certificación oficial de notas o calificaciones obtenidas en cada asignatura o actividad curricular, indicándose la escala de calificaciones con precisión de la nota máxima y la nota mínima de aprobación.

c) Plan de Estudios de la Carrera que cursó en su país de origen, con indicación de su duración y carga horaria.

d) Programas descriptivos del contenido de las asignaturas cursadas y aprobadas en la Institución en que el peticionario se tituló.

e) Curriculum vitae del interesado.

f) Declaración de Habilitación para el Ejercicio Profesional del solicitante en el país que concede el título, visada por el Consulado respectivo, cuando se aplique.

Los documentos señalados en las letras a), b), c) y f), deben estar debidamente legalizados. (Institución que otorgó el título, representación chilena en el país de origen, y Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile).
Si los documentos solicitados hubieran sido extendidos en idioma extranjero, debe acompañarse de una traducción simple.

Las personas que no sean de habla hispana deberán acreditar que poseen un dominio razonable del idioma español. En los casos que se considere necesario, la Facultad de Medicina adoptará los procedimientos de evaluación más adecuados al efecto.

Es responsabilidad de la Prorrectoría de la Universidad de Chile verificar la autenticidad de los documentos señalados.

El Decano de la Facultad, podrá proponer fundadamente al Rector la denegación de la revalidación del título solicitado cuando del análisis que se efectúe, se concluya que no existe equivalencia ni total ni parcial entre el título extranjero y el correspondiente chileno.


2. TRÁMITE DE LOS ANTECEDENTES:

2.1 El Sr. Prorrector envía los antecedentes al Decano de la Facultad de Medicina, los remite a Secretaría de Estudiosa y este los hace llegar a la Escuela para su estudio.

2.2 El interesado debe presentarse a entrevista en la Escuela respectiva y debe pagar un arancel de 3 UTM en la Tesorería de la Facultad, arancel que corresponde al estudio de los antecedentes.
& (valor UTM Enero)

2.3 La Escuela analiza los antecedentes y en caso de ser procedente la reválida, propone por intermedio de Secretaría de Estudios al Decano requisitos que debe cumplir el postulante.

2.4 El Decano propone requisitos a la Prorrectoría con copia al interesado.

2.5 Prorrectoría declara su conformidad con requisitos a cumplir y devuelve expediente a la Facultad.

2.6 Si el interesado acepta cumplir los requisitos en los plazos exigidos, debe presentarse a la Escuela, donde se le entregará la información que solicite. Previa evaluación deberá pagar un arancel de 15 UTM.

2.7 En caso que el postulante no acepte cumplir los requisitos del proceso, no se hará devolución del arancel pagado en Prorrectoría (2 UTM), ni de lo cancelado para estudio de antecedentes en la Escuela (3 UTM).

Si después de haber pagado las 15 UTM en la Escuela (que corresponden por concepto de evaluaciones) y sin haber rendido ninguno de los exámenes contemplados en el proceso, el candidato desea renunciar, tendrá derecho a solicitar devolución de dicho pago, siempre que no haya transcurrido más de 1 año desde la fecha que figura en la boleta emitida por la Dirección Económica de la Facultad. El monto de lo devuelto será del 80% de lo pagado por este concepto.

Una vez rendido alguno de los exámenes fijados como requisitos, no procede devolución del arancel.


3. TRÁMITE DE TITULACIÓN:
(demora aproximadamente un mes)

Una vez aprobadas todas las fases del proceso de reválida, la Escuela envía el expediente del revalidante a la Secretaria de Estudios de la Facultad, la que prepara oficio para informar a la Prorrectoría del cumplimiento de los requisitos fijados.
El Prorrector toma conocimiento, lo aprueba y devuelve el expediente a la Facultad para que Secretaría de Estudios inicie el proceso de titulación y envie los documentos a la Oficina de Títulos y Grados de la Universidad.




El interesado deberá tramitar personalmente en Secretaría de Estudios de la Facultad de Medicina el expediente de título y en el plazo de 10 días solicitar en la Oficina de Títulos y Grados de la Universidad de Chile la obtención del Diploma Oficial.


La revalidación otorgada dará lugar a un diploma similar al que la Universidad de Chile confiere a sus titulados, en el que especificará el título que se revalida, la entidad extranjera que lo otorgó y el país respectivo; la fecha en que el título fue concedido, el título chileno al que se hace equivalente y la fecha de otorgamiento de la revalidación.


4. REINSCRIPCIÓN:

Los postulantes a quienes se haya denegado o que hayan reprobado, abandonado o renunciado el proceso de revalidación, no podrán reiniciar en Prorrectoría, un nuevo trámite referente al mismo título antes de transcurrido el plazo de un año contado desde que se notifique el resultado del proceso.



La Escuela de Medicina considerará válido el Ex. Teórico Preclínico aprobado en el proceso anterior, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde su fecha de aprobación.