martes, 27 de junio de 2017

QUIENES SON REFUGIADOS?



¿Qué personas se consideran como refugiadas?
  • Las que están fuera de su país y no puedan o quieran acogerse a su protección por temores fundados de ser perseguidas por causas como raza, religión, opiniones políticas, nacionalidad o pertenencia a cierto grupo social.
  • Los que han huido de su país de origen y cuya vida, seguridad o libertad estén amenazadas por graves perturbaciones del orden público (por ejemplo, conflictos internos, invasión extranjera o violación masiva de derechos humanos).
  • Quienes carezcan de nacionalidad y por los motivos anteriores no puedan o no quieran volver al país donde residen.
¿Quiénes no pueden ser refugiados?
Las personas que han cometido:
  • Delitos contra la paz, delitos de guerra o cualquier otro delito contra la Humanidad.
  • Delito común grave, cometido fuera de Chile y antes de ser admitido como refugiado.
  • Actos contrarios a los principios y finalidades de la Carta de Naciones Unidas.
Además, no pueden ser refugiados los que ingresan a Chile en calidad de migrantes, es decir, quienes (por ejemplo) buscan residir en nuestro país por razones de trabajo o para mejorar su situación económica. Sin embargo, esto no es impedimento para que estas personas soliciten refugio en caso de que en su país de origen se produzcan situaciones que hagan temer por su vida o seguridad personal al regresar allá.
¿Cómo se solicita refugio?
Una vez dentro del territorio nacional, la persona debe ir a cualquier oficina de Extranjería. También pueden hacer la solicitud ante la autoridad migratoria que se encuentre en un paso fronterizo, quien le entregará la documentación necesaria.
¿Cuáles son los derechos de los refugiados?
Los mismos derechos y libertades que conceden la Constitución, las leyes y los tratados internacionales firmados por Chile. Los refugiados deben recibir al menos la ayuda básica y los mismos derechos que cualquier otro extranjero que sea residente legal en Chile, entre ellas acceso a la salud, educación, vivienda y trabajo.

También tendrán derecho a un permiso de residencia permanente, a contar con cédula nacional de identidad y a documento de viaje (pasaporte).

Todos los trámites para obtener la condición de refugiado, así como para obtener visas y permisos, serán gratuitos.
¿Cuáles son las obligaciones de los refugiados?
Los refugiados deben acatar y respetar todas las obligaciones derivadas de nuestro ordenamiento jurídico, como por ejemplo nuestra Constitución, leyes y reglamentos.
¿Qué compromisos tiene el Estado hacia los refugiados?
  • No se expulsará de Chile a un refugiado o solicitante de refugio.
  • No se sancionará a un refugiado por haber entrado ilegalmente a las fronteras chilenas o por tener residencia irregular.
  • Confidencialidad de los datos personales de quien solicite refugio.
  • Los refugiados o quienes soliciten refugio no serán discriminados por raza, color, sexo, edad, estado civil, religión, nacionalidad, idioma, origen social o cultural, enfermedad o discapacidad, apariencia, opiniones políticas o cualquier otra situación.
  • Los refugiados tendrán derecho a que su condición de tales se extienda a su cónyuge y parientes más próximos, con el objeto de fomentar la reunificación familiar. Esto sólo en ciertos casos y cumpliendo ciertos requisitos, especificados en nuestras leyes y en los tratados internacionales firmados por Chile.
¿Cómo un refugiado deja de serlo?
  • Si voluntariamente ha aceptado la protección de su país de origen.
  • Si ha recuperado su nacionalidad por decisión propia (en caso de que sea refugiado por haber perdido su nacionalidad).
  • Si ha obtenido nueva nacionalidad y aceptado la protección del país que se la otorgó.
  • Si voluntariamente ha decidido radicarse en el país del que huyó.
  • Cuando en su país de origen ya no existen las condiciones que le hicieron pedir refugio, por lo que ya no es posible solicitar la protección de otra nación.

fuente:http://www.bcn.cl

PRORROGA Y RENOVACION DE PASAPORTES VENEZOLANOS EN CHILE (2017)


Pasaporte para Mayores de Edad


La Expedición de pasaporte es el acto mediante el cual se otorga por primera vez un pasaporte ordinario a un ciudadano venezolano. Una vez otorgado el documento, éste tendrá una validez de cinco (5) años, a partir de la fecha de su expedición.
La Renovación es la entrega de un nuevo documento en sustitución de uno anterior por vencimiento, deterioro, robo, hurto, extravió o agotamiento de páginas.

¿Cuándo debe solicitar la renovación de su pasaporte?

Cuando se está viviendo en el exterior, la solicitud de renovación de pasaportes debe efectuarse con un año de anticipación si se va a estampar visa o se tienen planes de viaje. Por norma general ningún país estampa visado en un pasaporte al que le falte menos de un año para vencerse. Por instrucciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), las aerolíneas no deben embarcar a pasajeros con pasaportes a los cuales les falte menos de 6 meses para vencerse. 
Cuando se posee la residencia permanente y no se tienen planes de viaje, debe efectuarse la renovación del pasaporte 6 meses antes de su vencimiento para que siempre permanezca con un documento vigente.
Petición de cita:
De acuerdo con el procedimiento establecido por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) y el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, la petición de cita para solicitar un nuevo pasaporte electrónico debe efectuarse a través del portal-web de Saime:
1- De no poseer Registro de Usuario en el Saime, deberá registrarse en el siguiente enlace:
2- Si ya posee el Registro de Usuario en el Saime, deberá solicitar la cita eligiendo como centro de expedición Embajada de Venezuela en Chile, en el siguiente enlace:

Verificación de asignación de cita:

El tiempo de espera para la asignación de la cita depende directamente del volumen de solicitudes que reciba el SAIME para esta Oficina Consular.
La Embajada no puede intervenir en el sistema SAIME con respecto a la asignación de citas ni a la emisión de pasaportes.
Usted puede verificar la fecha de asignación de cita por dos vías:
1.- Ingresando directamente en su sesión del Saime: Pestaña Estado de Trámite. Allí debe efectuar doble click al icono “Descargar planilla”. Al abrir está planilla verá la fecha asignada.
2.- Notificación remitida al correo electrónico que indicó en su registro en el Saime, por lo que debe revisar su Bandeja de Entrada y en algunas ocasiones la Bandeja de Correo No Deseado (SPAM).

Reiteramos que la Embajada no otorga las citas para pasaporte electrónico, son otorgadas únicamente por el Saime.

¿Qué ocurre si no puede asistir a la cita?

Pierde la cita, por lo que deberá esperar siete (07) días y solicitar nuevamente cita ante el SAIME, dicho organismo es el único facultado para cambiar las citas otorgadas.
El día de su cita debe presentarse PERSONALMENTE, a las 9:00 am, (se le tomarán las huellas dactilares, firma autógrafa y fotografía) y consignar los siguientes recaudos:
1. Para mayores de edad, adultos venezolanos por nacimiento.
Requisitos:
  • Si la solicitud es por robo o pérdida del documento deberá traer la denuncia efectuada ante la Policía Internacional de Chile, ubicada en la siguiente dirección: Eleuterio Ramírez 852, Santiago. Si se encuentra en regiones debe acudir a la oficina de la PDI ubicada en su localidad.
  • El costo de la renovación del pasaporte es de ochenta dólares estadounidenses (US$ 80,00).
El día de la Cita deberá hacer el Depósito de los derechos consulares en el Banco (se le indicaran los datos del mismo en nuestras oficinas, después de revisada la documentación).
2. Para mayores de edad, adultos venezolanos por naturalización
Requisitos:
  • Una (1) planilla generadas por el Saime.
  • Original y dos (2) copias de la cédula de identidad.
  • Original y dos (2) copias del pasaporte (Página biográfica).
  • Dos (2) copias del documento que acredite su naturalización (Gaceta Oficial y/o Carta de Naturalización). Si no posee copia del documento que acredite la naturalización puede solicitar la certificación de sus datos filiatorios a través del siguiente enlace: http://www.saime.gob.ve/
  • Rellenar Registro consular, se anexa enlace: http://chile.embajada.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=20&Itemid=36&lang=es
  • Si la solicitud es por robo o pérdida del documento deberá traer la denuncia hecha ante Policía Internacional de Chile, ubicada en la siguiente dirección: Eleuterio Ramírez 852, Santiago. Si se encuentra en regiones debe acudir a la oficina de la PDI ubicada en su localidad.
  • El costo de la renovación del pasaporte es de ochenta dólares estadounidenses (US$ 80,00).
El día de la Cita deberá hacer el Depósito de los derechos consulares en el Banco (se le indicaran los datos del mismo en nuestras oficinas, después de revisada la documentación).
¿Qué debe hacer si desea renovar pasaporte y aparece la frase “Usted ya tiene un pasaporte vigente”?
Si desea renovar el pasaporte y aparece la siguiente frase “Usted ya tiene un pasaporte vigente” debe acercarse a la sección consular de esta Embajada para efectuar la anulación del mismo en sistema.

Recaudos: 
- Copia de la cédula de identidad venezolana o de la hoja de datos de pasaporte.
- Presentarse en el horario y días de atención al público.
- Al día siguiente podrá solicitar su cita a través de su sesión del SAIME.
 Cambio de usuario y contraseña SAIME.
Usted puede solicitar el cambio de su usuario y contraseña por dos vías:
1.- Escribiendo directamente al twitter de la red social del SAIME explicando su caso. Debe enviar su nombre, número de cédula, nuevo correo y algún número o correo de contacto. El twitter es: @RedsocialSAIME.
2.- Remitir una autorización a un familiar o un tercero para que en su nombre se dirija a una oficina del SAIME y efectúe el cambio de correo y contraseña.
Verificación del estado de tramite:
La verificación de su estado de tramite puede efectuarse por dos vías:
1.- Ingresando a su sesión del SAIME, allí verá su estado de trámite. Si no puede observarlo, elimine el cache e historial de la maquina. Si aún así le aparece la pantalla anterior pruebe desde otro equipo ubicado en otro edificio o casa y que posea otra dirección IP.
2.- Utilizando el app para celulares del SAIME.
3.- Escribiendo directamente al twitter de la red social del SAIME solicitando su estatus. Debe enviar su nombre, número de cédula y fecha de trámite. El twitter es: @RedsocialSAIME.
¿Cuándo puede retirar el pasaporte?      
Los pasaportes electrónicos son elaborados por el SAIME en Venezuela. El pasaporte arribará de tres (3) a seis (6) meses después de efectuada la captación de imágenes.
Usted puede retirar su pasaporte si:
1.- Recibe correo del SAIME señalando que su pasaporte se encuentra en esta Embajada. Debe revisar la bandeja principal y/o la bandeja de correos no deseados.
2.- Su nombre aparece en el listado de “Pasaportes por retirar” publicada en la página web de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Chile, usted puede venir a retirarlo.
No se responderán por correo ni por teléfono consultas sobre el estatus de su trámite. Debe esperar qué su pasaporte llegue en el tiempo promedio indicado y sea publicada la información en la página web de esta Embajada.

Pasaporte para Menores de Edad

La Expedición de pasaporte es el acto en el cual el ciudadano venezolano solicita por vez primera un pasaporte ordinario. Una vez otorgado el documento, éste tendrá una validez de cinco (5) años, a partir de la fecha de su expedición.
La Renovación es el acto de extensión de un nuevo documento en sustitución de uno anterior por las siguientes razones: robo, hurto o extravío del mismo, cuando se haya vencido y no pueda ser prorrogado; o cuando este deteriorado o sin páginas en blanco.
Las citas para la renovación de pasaporte deben efectuarse al menos con seis (6) meses de anticipación a la fecha de vencimiento.
De acuerdo con el procedimiento establecido por el Servicio Administrativo Identificación Migración y Extranjería (Saime) y el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, la petición de cita para solicitar el nuevo pasaporte electrónico será a través del portal-web de Saime donde usted tendrá que:
1- De no poseer Registro de Usuario en el Saime, deberá registrarse en el siguiente enlace:

Para el caso de menores de edad, el registro debe ser realizado por su representante (padre o madre)

2- Si ya posee el Registro de Usuario en el Saime, deberá solicitar la cita eligiendo como centro de expedición Embajada de Venezuela en Chile, en el siguiente enlace:
La cita le llegará a su correo electrónico que indicó en su registro en el Saime, por lo que debe revisar en su Bandeja de Entrada o Correo No Deseado. Además, puede revisar directamente con su sesión en el Saime para consultar el estatus de su solicitud.
Reiteramos que la Embajada no otorga las citas para pasaporte electrónico, son otorgadas únicamente por el Saime.
Debe presentar el día de la cita a las 9:00 a.m. y consignar los siguientes recaudos:
1. Para menores de edad
1.1. Niños y niñas venezolanos por nacimiento
1.1.1. De 0 hasta cumplir 9 años (no cedulados).
  • Dos (2) planillas generadas por el Saime.
  • Dos (2) copias de la Partida de Nacimiento del menor de edad.
  • Original y dos (2) copias de la cédula de identidad del padre y de la madre.
  • El día de la cita deberán estar presentes el menor de edad junto a los padres o quien ejerza la Patria Potestad. En su defecto, deberá presentar autorización notariada debidamente firmada por quien autoriza con sus impresiones dactilares.
  • Si la solicitud es por robo o pérdida del documento deberá traer la denuncia hecha ante Policía Internacional de Chile, tramitada en la siguiente dirección: Eleuterio Ramírez 852, Santiago.
1.1.2. De 9 hasta cumplir los 18 años (cedulados).
  • Dos (2) planillas generadas por el Saime.
  • Dos (2) copias de la Partida de Nacimiento del menor de edad.
  • Original y dos (2) copias de la cédula de identidad del menor.
  • Original y dos (2) copias de la cédula de identidad del padre y de la madre.
  • El día de la cita deberán estar presentes el menor de edad junto a los padres o quien ejerza la Patria Potestad. En su defecto, deberá presentar autorización notariada debidamente firmada por quien autoriza con sus impresiones dactilares.
  • Si la solicitud es por robo o pérdida del documento deberá traer la denuncia hecha ante Policía Internacional de Chile, tramitada en la siguiente dirección: Eleuterio Ramírez 852, Santiago.
1.2. Niños y niñas venezolanos por naturalización.
  • Dos (2) planillas generadas por el Saime.
  • Original y dos (2) copias de la cédula de identidad del menor, en caso de ser mayor de nueve (9) años.
  • Dos (2) copias de la Partida de Nacimiento del menor de edad.
  • Original y dos (2) copias de la cédula de identidad del padre y de la madre.
  • Si los padres son venezolanos por naturalización, deberán presentar copia del documento que acredite su naturalización (Gaceta Oficial y/o Carta de Naturalización).
  • El día de la cita deberán estar presentes el menor de edad junto a los padres o quien ejerza la Patria Potestad. En su defecto, deberá presentar autorización notariada debidamente firmada por quien autoriza con sus impresiones dactilares.
  • En el caso de que los padres del menor de edad no sean venezolanos, ni cuenten con residencia en Venezuela (Cédula de Identidad venezolana para extranjeros), el trámite deberá ser realizado en las oficinas del Saime en Venezuela.
  • Si la solicitud es por robo o pérdida del documento deberá traer la denuncia hecha ante Policía Internacional de Chile, tramitada en la siguiente dirección: Eleuterio Ramírez 852, Santiago.
PARA LOS MENORES DE 18 AÑOS ESTE TRÁMITE ES GRATUITO.

Pasaporte para niños, niñas y adolescentes (mayores de 9 años) 

sin cédula de identidad

Si sus hijos son mayores de 9 años (menores de 18 años) y no poseen cédula de identidad venezolana deben viajar a Venezuela para obtener la misma y posteriormente tramitar el pasaporte.
Se anexa enlace con los recaudos a presentar ante el SAIME: http://www.saime.gob.ve/identificacion/cedulacion/primera_vez
En ese sentido, si el pasaporte está vencido deben solicitar un documento de viaje para viajar hacia Venezuela. Se anexa enlace con el listado de recaudos que debe presentar para efectuar la solicitud: 
Si uno de los dos padres no puede viajar, debe emitir un permiso de viaje para que el niño, niña o adolescente viaje y regrese de Venezuela, así como una autorización para tramitar la cédula de identidad y el pasaporte en Venezuela. El permiso y la autorización se tramitan en notaria chilena y se legalizan y apostillan ante el Ministerio de Justicia de Chile. No es necesaria la legalización de estos documentos ante esta Embajada.
Con cédula de identidad venezolana vigente pueden regresar a Chile sin ningún inconveniente, siempre que sus escalas sean por Suramérica, con excepción de Colombia.
Si las escalas de su vuelo son por Colombia o Panamá deberán solicitar un pasaporte provisional ante el SAIME para retornar a Chile. Se anexa enlace con los recaudos solicitados por el SAIME: http://www.saime.gob.ve/identificacion/pasaporte/provisional

fuente :http://chile.embajada.gob.ve


Documento de Viaje para venezolanos turistas en Chile ( en caso de perdida)


En caso de pérdida, robo o hurto de su pasaporte ordinario


Es un documento que se otorga a los venezolanos que se encuentran en el país en condición de Turista, en caso de pérdida, robo o hurto de su pasaporte ordinario, con el propósito que retornen única y exclusivamente a la República Bolivariana de Venezuela.
Si usted no cuenta con su pasaporte ordinario, pero posee su cédula de identidad venezolana vigente (original), puede retornar a la República Bolivariana de Venezuela sin la necesidad de solicitar un Documento de Viaje ante la Sección Consular. De todas maneras, sí es obligatorio que usted realice la denuncia ante Policía  de Investigaciones de Chile (PDI), dirección Eleuterio Ramírez Nº 852, Santiago Centro, la cual será solicitada en los puntos de control migratorio en el aeropuerto.
Para la denuncia ante la PDI, debe presentar dos (02) fotos tamaño carnet, sin datos y sin lentes.
En caso de encontrarse fuera de Santiago, debe ubicar la oficina de la PDI más cercana. Para ello, visitar su sitio web en www.policia.cl y hacer click sobre el botón "Dónde está la unidad más cercana".

Si usted no cuenta con su pasaporte ordinario ni con su cédula de identidad vigente, requiere del Documento de Viaje para su retorno a la República Bolivariana de Venezuela. Por lo que debe realizar lo siguiente:
1- Hacer la denuncia ante PDI, dirección Eleuterio Ramírez Nº 852, Santiago Centro y presentar dos (02) fotos tamaño carnet, sin datos y sin lentes.
2- En caso de encontrarse fuera de Santiago, debe ubicar la oficina de la PDI más cercana. Para ello visitar su sitio web en www.policia.cl y hacer click sobre el botón "Dónde está la unidad más cercana".
Luego, debe dirigirse a la Sección Consular (Bustos 2021, Providencia, Santiago), con los siguientes recaudos:
Requisitos para el Documento de Viaje, en caso de pérdida o robo:
1. Cuatro (04) Fotos tamaño carnet, sin datos y sin lentes.
2. Dos (02) Fotocopias de la Cédula de Identidad venezolana
3. Dos (02) Fotocopias del Pasaporte Venezolano (1era hoja donde aparecen datos personales).
4. Dos (02) Fotocopias de la Partida de Nacimiento.
5. Dos (02) Fotocopias de la Gaceta Oficial de Naturalización en el caso de venezolanos naturalizados.
6. Presentación de copia del boleto de avión.
7. En el caso de los menores de edad presentar Dos (02) Copias de la Cédula de Identidad Venezolana, y de La primera Hoja del Pasaporte Venezolano de ambos Padres.
Nota: No se aceptan denuncias por pérdida, robo o hurto de documentación venezolana ante Carabineros de Chile.

Requisitos para el Documento de Viaje, en caso de ciudadanos venezolanos o naturalizados, residentes en la República de Chile:
1. Cuatro (04) Fotos tamaño carnet, sin datos y sin lentes.
2. Dos (02) Fotocopias de la Cédula de Identidad venezolana
3. Dos (02) Fotocopias del Pasaporte Venezolano (primera hoja donde aparecen datos personales).
4. Dos (02) Fotocopias de la Partida de Nacimiento, (SI NO TIENE CÉDULA DE IDENTIDAD).
5. Dos (02) Fotocopias de la Gaceta Oficial de Naturalización en el caso de venezolanos naturalizados.
6. Una (01) copia del boleto de avión.
7. En el caso de encontrarse su pasaporte biométrico en trámite, debe entregar copia del comprobante de trámite entregado el día de la cita.
8. En el caso de los menores de edad presentar Dos (02) Copias de la Cédula de Identidad Venezolana, y de La 1era Hoja del Pasaporte Venezolano de ambos Padres.


fuente: chile.embajada.gob.v

martes, 2 de mayo de 2017

Refugiados




¿Qué personas se consideran como refugiadas?
  • Las que están fuera de su país y no puedan o quieran acogerse a su protección por temores fundados de ser perseguidas por causas como raza, religión, opiniones políticas, nacionalidad o pertenencia a cierto grupo social.
  • Los que han huido de su país de origen y cuya vida, seguridad o libertad estén amenazadas por graves perturbaciones del orden público (por ejemplo, conflictos internos, invasión extranjera o violación masiva de derechos humanos).
  • Quienes carezcan de nacionalidad y por los motivos anteriores no puedan o no quieran volver al país donde residen.
¿Quiénes no pueden ser refugiados?
Las personas que han cometido:
  • Delitos contra la paz, delitos de guerra o cualquier otro delito contra la Humanidad.
  • Delito común grave, cometido fuera de Chile y antes de ser admitido como refugiado.
  • Actos contrarios a los principios y finalidades de la Carta de Naciones Unidas.
Además, no pueden ser refugiados los que ingresan a Chile en calidad de migrantes, es decir, quienes (por ejemplo) buscan residir en nuestro país por razones de trabajo o para mejorar su situación económica. Sin embargo, esto no es impedimento para que estas personas soliciten refugio en caso de que en su país de origen se produzcan situaciones que hagan temer por su vida o seguridad personal al regresar allá.
¿Cómo se solicita refugio?
Una vez dentro del territorio nacional, la persona debe ir a cualquier oficina de Extranjería. También pueden hacer la solicitud ante la autoridad migratoria que se encuentre en un paso fronterizo, quien le entregará la documentación necesaria.
¿Cuáles son los derechos de los refugiados?
Los mismos derechos y libertades que conceden la Constitución, las leyes y los tratados internacionales firmados por Chile. Los refugiados deben recibir al menos la ayuda básica y los mismos derechos que cualquier otro extranjero que sea residente legal en Chile, entre ellas acceso a la salud, educación, vivienda y trabajo.

También tendrán derecho a un permiso de residencia permanente, a contar con cédula nacional de identidad y a documento de viaje (pasaporte).

Todos los trámites para obtener la condición de refugiado, así como para obtener visas y permisos, serán gratuitos.
¿Cuáles son las obligaciones de los refugiados?
Los refugiados deben acatar y respetar todas las obligaciones derivadas de nuestro ordenamiento jurídico, como por ejemplo nuestra Constitución, leyes y reglamentos.
¿Qué compromisos tiene el Estado hacia los refugiados?
  • No se expulsará de Chile a un refugiado o solicitante de refugio.
  • No se sancionará a un refugiado por haber entrado ilegalmente a las fronteras chilenas o por tener residencia irregular.
  • Confidencialidad de los datos personales de quien solicite refugio.
  • Los refugiados o quienes soliciten refugio no serán discriminados por raza, color, sexo, edad, estado civil, religión, nacionalidad, idioma, origen social o cultural, enfermedad o discapacidad, apariencia, opiniones políticas o cualquier otra situación.
  • Los refugiados tendrán derecho a que su condición de tales se extienda a su cónyuge y parientes más próximos, con el objeto de fomentar la reunificación familiar. Esto sólo en ciertos casos y cumpliendo ciertos requisitos, especificados en nuestras leyes y en los tratados internacionales firmados por Chile.
¿Cómo un refugiado deja de serlo?
  • Si voluntariamente ha aceptado la protección de su país de origen.
  • Si ha recuperado su nacionalidad por decisión propia (en caso de que sea refugiado por haber perdido su nacionalidad).
  • Si ha obtenido nueva nacionalidad y aceptado la protección del país que se la otorgó.
  • Si voluntariamente ha decidido radicarse en el país del que huyó.
  • Cuando en su país de origen ya no existen las condiciones que le hicieron pedir refugio, por lo que ya no es posible solicitar la protección de otra nación.
fuente: http://www.bcn.cl

viernes, 6 de enero de 2017

Permanencia definitiva

NORMAS GENERALES DE LA PERMANENCIA DEFINITIVA
¿Qué es la residencia Permanencia Definitiva? ¿Qué derechos tengo?
Es el permiso para radicarse indefinidamente y desarrollar cualquier actividad, sin más limitaciones que las leyes vigentes.
¿Cuáles son los requisitos para obtener una permanencia definitiva?
¿Cuánto tiempo debo residir en Chile para solicitar la permanencia definitiva?
  • Con visa sujeta a contrato: dos años ininterrumpidos.
  • Con visa temporaria: un año.
  • Con visa de estudiante: dos años y haber terminado sus estudios, sean profesionales o secundarios
¿Cuál es el plazo para solicitar la Permanencia Definitiva?
Dentro de los 90 días antes del vencimiento de su visa de residencia temporal
¿Cuál es el costo de la permanencia definitiva?
El 40% de un ingreso mínimo en Chile (ver tabla de valores).  Los cónyuges de chileno(a) y menores de edad no pagan.
Una vez que me es entregado el Certificado de Permanencia Definitiva, ¿qué debo hacer?
Dentro de los 30 días siguientes a la obtención de su residencia usted debe:
  1. Registrar su Permanencia Definitiva en Policía Internacional: Vaya a la oficina de Policía Internacional más cercana. Debe llevar:
    • Pasaporte vigente.
    • Certificado de Permanencia Definitiva.
  1. Obtener cédula de identidad: Vaya a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación más cercana. Debe llevar:
    • Pasaporte vigente.
    • Tarjeta de registro en Policía Internacional.
    • Certificado de Permanencia Definitiva.
¿Cuánto tiempo puedo permanecer fuera de Chile sin perder mi permanencia definitiva?
Un año ininterrumpido. Después de ese periodo, la permanencia definitiva se revoca. No obstante, dentro de 60 días antes del vencimiento puede solicitar en los consulados chilenos en el extranjero una prórroga de un año en la vigencia de su permanencia definitiva. Se puede conceder un máximo de cuatro prórrogas sucesivas.
¿Cuándo se pierde la Permanencia Definitiva?
  • Por revocación, por cometer alguna de las acciones de los artículos 65 y 66 de la Ley de Extranjería y/o de los artículos 139 y 140 del Reglamento de Extranjería.
  • Por revocación tácita: Por permanecer fuera del país por más de un año ininterrumpido sin solicitar una prórroga
¿Cuántas prórrogas sucesivas de Permanencia Definitiva se pueden solicitar?
Cuatro.
Permanencia Definitiva ¿Es para siempre o debe renovarse en algún momento?
Es para siempre, salvo que sea revocada.
¿A qué se puedo optar luego de obtener la Permanencia Definitiva?
Una vez que cumpla 5 años de residencia en Chile, contados desde el comienzo de la primera visa de residencia temporal, y cumpliendo los demás requisitos legales, puede optar a la Nacionalización.
¿Se puede renunciar a la Permanencia Definitiva?
No
¿Cuál es el plazo para requerir la reconsideración de una solicitud de Permanencia Definitiva que fue rechazada?
Dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución de rechazo
¿Cuántas veces se puede reconsiderar?
Sólo una vez
¿Qué debo hacer si extravío mi Certificado de Permanencia Definitiva?
Deberá solicitar un duplicado. El formulario puede descargarlo aquí. Toda la documentación la debe enviar por correo postal, al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, o bien a la gobernación de la provincia más cercana.
Duración del Trámite: Aproximadamente 45 días.
¿Qué significan las Modificatorias de Identidad y Nacionalidad?
Modificación de Identidad: Es la corrección en el Certificado de Permanencia Definitiva cuando existen diferencias con la Cédula de Identidad o con el pasaporte. Puede ser por una alteración en un nombre, apellido, guión u otros.
El formulario puede descargarlo aquí. Toda la documentación la debe enviar por correo postal, al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, o bien a la gobernación de la provincia más cercana.
Duración del Trámite: Aproximadamente 90 días.
Modificatoria de Nacionalidad: Es la corrección en el Certificado de Permanencia Definitiva cuando la nacionalidad es diferente a la del pasaporte o a la de la Cédula de Identidad.
El formulario puede descargarlo aquí. Toda la documentación la debe enviar por correo postal, al Clasificador 8, Correo Central, Santiago, o bien a la gobernación de la provincia más cercana.
Duración del Trámite: Aproximadamente 90 días.
¿Cuál es el tiempo máximo que puedo permanecer sin visa, para poder postular a una permanencia definitiva, y cumplir con el requisito de los 2 años consecutivos?
Hasta 90 días, contados desde la fecha de fin de una visa y la fecha de solicitud de la nueva visa.
PERMANENCIA DEFINITIVA PARA VISA SUJETA A CONTRATO
Si tengo dos visas Sujetas a Contrato seguidas  con distintos empleadores, y en una de las dos no se cumpla el año ¿Puedo optar a la Permanencia Definitiva?
No, se deben cumplir estrictamente los dos años.
¿Cuántos cambios de empleador se permiten?
No hay límite al número de empleadores.
PERMANENCIA DEFINITIVA PARA ESTUDIANTES
Como estudiante ¿Cuándo puedo optar a la Permanencia Definitiva?
Pueden  solicitar la Permanencia Definitiva los estudiantes que:
  • Hayan terminado sus estudios profesionales o secundarios
  • Hayan residido por dos años con visa de estudiante.
  • Tengan sustento económico. Ello debe demostrase con una oferta de trabajo autorizada ante notario. y puede complementarse con otros ingresos, tales como comprobantes de cambio de divisas, depósitos bancarios a su nombre, etc.
PERMANENCIA DEFINITIVA PARA RESIDENTES OFICIALES
¿Cuál es el plazo para presentar una solicitud de Permanencia Definitiva si tengo residencia oficial?
30 días desde la fecha de emisión del certificado que acredita el término de la misión oficial. Pasado ese plazo, usted será amonestado
¿Existe alguna restricción para viajar en el período intermedio?
No
Los dependientes de un titular que es residente oficial ¿Pueden solicitar Permanencia Definitiva, aun cuando el titular se va del país?
Sí. Para ello debe:
  • Acompañar el Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores de Término de Misión o Renuncia a la visa oficial
  • Acreditar ingresos: contrato de trabajo, boletas, iniciación de actividades, pagos de IVA, acciones, etc.
    (Todo lo anterior dentro de los 15 días siguientes al término de la misión)

fuente: http://www.extranjeria.gob.cl/