1. Descripción:
La convalidación de estudios es el
reconocimiento del nivel o curso realizado en el extranjero, equivalentes a la
Educación General Básica o a la Educación Media, por chilenos o extranjeros que
regresen o ingresen al país, conforme a lo dispuesto en los tratados o
convenios suscritos por Chile y la normativa especial vigente.
Principales Convenios:
a) Convenio Andrés Bello: del cual son parte
Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay,
Perú, República Dominicana y Venezuela.
b) Convenios bilaterales con: Argentina,
Alemania, Brasil, España, Francia, Israel, Paraguay y Uruguay.
Otros casos dónde se autoriza el
reconocimiento de estudios:
a) Hijos/as de chilenos: que han realizado
estudios en el extranjero,
independientemente de si el país donde realizaron sus estudios tiene convenio
con Chile o no.
b) Hijos de funcionarios civiles o militares,
diplomáticos, consulares y de organismos
internacionales, acreditados en Chile.
2.
Lugar de Solicitud y Procedimiento:
El trámite se realiza en dos etapas, la
primera en el país de origen, y la segunda en Chile:
En el país de origen:
- Legalizar los certificados de
estudios del(a) alumno(a) (documentos originales) en el Ministerio de Educación
del país donde se realizaron los estudios (o autoridad competente), en el
Ministerio de Relaciones Exteriores (o autoridad competente) y en el Consulado
Chileno del respectivo país.
- Tratándose de los hijos de chilenos y
de funcionarios internacionales debidamente acreditados, que hayan realizado
estudios en colegios internacionales fuera del territorio nacional se les
aceptará la legalización de los certificados de estudios, por la autoridad
diplomática que corresponda destacada en el país en que realizaron los
referidos estudios, en remplazo de la legalización del Ministerio de Educación.
En Chile:
- Legalizar los documentos en el
Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de
Chile, Agustinas 1320, piso 1 Santiago (de 9:00 a 14:00 horas). Para usuarios
de otras regiones, se puede solicitar el servicio de legalización de documentos
en Santiago a través de las Gobernaciones Provinciales o directamente por
correo dirigido al Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, calle Agustinas 1320, piso 1, Santiago, el cual le devolverá el documento
legalizado por la misma vía.
- Si se trata de certificados de
estudios extendidos en lengua extranjera, se solicitará al peticionario la
traducción oficial.
- Presentar los antecedentes
(documentación ya legalizada) en la Oficina Ayuda Mineduc, ubicada en Fray
Camilo Henríquez Nº 262 en Santiago (Lunes a Jueves: 9:00 a 16:30 - Viernes de 9:00 a 16:00 horas), para
solicitar la convalidación de los estudios realizados. En regiones se debe
concurrir al Departamento Provincial de Educación más cercano o a la Secretaría
Regional Ministerial de Educación, los que remitirán todos los antecedentes
(documentación ya legalizada) a Santiago.
3. Matrícula provisoria
En aquellos casos que se requiera continuar
estudios básicos o medios regulares, en el comprobante de solicitud de
reconocimiento de estudios, se indicará el curso y nivel al cual se debe
matricular provisoriamente al estudiante (según tabla de equivalencia),
mientras se resuelve su requerimiento.
La solicitud de matrícula provisoria
se realiza en el Departamento Provincial de Educación correspondiente al
establecimiento educacional.
Una vez finalizado el proceso, se
entregará un certificado que acredite el o los cursos realizados en el
extranjero y que han sido convalidados. Con esto, el establecimiento
educacional en donde se encuentra el o la estudiante con matrícula provisoria,
procederá a otorgar matrícula definitiva en el curso que corresponda, dejando
registrado en el libro de clases el número de documento con que se otorgó el
certificado de convalidación de estudios y los cursos convalidados.
4. Plazo de entrega:
En 30 días hábiles la Unidad
Nacional de Registro Curricular emitirá el certificado de reconocimiento de
estudios que permitirá al(a) alumno(a) ser matriculado en forma definitiva.
5. Documentos a presentar:
a)
Cédula de identidad o pasaporte original del estudiante.
b) En el caso de hijos de chilenos, la
nacionalidad de los padres deberá acreditarse con cédula de identidad o
certificado de nacimiento de al menos uno de ellos.
c) Certificados de estudios en original de
los cursos de educación básica o media y diplomas, cuando corresponda
(corresponde cuando completó la educación secundaria), aprobados en el
extranjero. El certificado o diploma del último curso aprobado deberá
presentarse debidamente legalizado.
Importante: Sólo se aceptarán
documentos originales, sin manchas ni enmendaduras (no se aceptan fotocopias
notariales).
6. Normativa:
Decreto Exento N° 2.272, de 2007.
7. Precio:
0,15 UTM.
8. Más Información
Manual del Regreso para Chilenos en el Exterior: Contiene todos los trámites y procedimientos requeridos para
los chilenos que retornan definitivamente.
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