Descripción
Permite obtener el documento que acredita la identidad de extranjeros mayores de 18.
La cédula debe tramitarse dentro de los 30 días siguientes a la entrega del certificado residencia definitiva en Chile o desde que se estampa la correspondiente visa en el pasaporte.
Si se solicita fuera de ese plazo, previamente, deberá obtenerse una autorización especial del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior o de la intendencia regional respectiva.
Profesionales con título obtenido en el extranjero, y que deseen plasmar su información en la cédula de identidad, deben convalidarlo en la Universidad de Chile o acogerse a los tratados vigentes.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Diríjase a alguna de las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificaciónautorizadas para emitir cédula de identidad para extranjeros.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la cédula de identidad para extranjeros.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el documento, el cual podrá retirar en un plazo de 8 días hábiles.
1. Beneficiarios
Extranjeros con residencia definitiva que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de 18 años.
- Ser titular de cualquier tipo de visa o de permanencia definitiva.
- Titulares de la tarjeta de trabajador temporario, o de temporada, otorgadas en el marco del convenio laboral chileno-argentino.
La permanencia definitiva no es requisito para obtener la cédula para los menores de 18 años titulares de algún tipo de visación, aunque están obligados a hacer el trámite dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que cumplan tal edad.
No se otorga el documento a extranjeros que:
- Sean titulares de una visa de residente oficial. Sin embargo, podrá obtenerla acompañando en su solicitud de cédula, la autorización otorgada por la Dirección del Ceremonial y Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Sean titulares de una tarjeta de turismo o de tripulantes.
2. Vigencia
Igual al de su respectiva visa, salvo en el caso de los titulares de permanencia definitiva (en el que su duración será de 5 años).
3. Documentos requeridos
- Pasaporte vigente, con la visa de residencia estampada y con la certificación de la inscripción en el registro de extranjeros de Policía Internacional.
- Comprobante de pago del valor de la cédula.
- Fotocopia simple de las páginas del pasaporte en las que conste: identificación del titular, vigencia del pasaporte y de la visa otorgada, fecha de entrada al país (si la visa es consular), y de la tarjeta de registro para extranjeros.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en lugar del pasaporte, en caso de extranjeros de argentinos titulares de la tarjeta de trabajador temporario o de temporada.
Renovación de la cédula de identidad para extranjeros.
- Al finalizar el plazo de vigencia, el interesado deberá obtener previamente la renovación de su visa y solicitar la renovación de su cédula, para lo cual debe presentar los mismos documentos que para la obtención.
- Extranjeros titulares del permiso de permanencia definitiva deben presentar el certificado otorgado por el Ministerio del Interior y acreditar que no han permanecido en el extranjero por más de un año, mediante un certificado otorgado por Policía Internacional de Investigaciones de Chile.
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