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jueves, 11 de abril de 2019

VISA REUNIFICACIÓN FAMILIAR HAITIANOS EN CHILE


El 2 de junio de 2018 entro en vigencia la Visa de Reunficación Familiar para ciudadanos de Haiti /A pati de lendi 2 jiyè, Viza reyinifikasyon fanmi pou sitwayen ayisyen rantre an vigè. Pou plis enfomasyon sou nouvo viza a


¿En qué consiste?
Es un visado dirigido a los cónyuges, convivientes civiles (con AUC válido en Chile), hijos menores de edad y mayores que estudien hasta los 24 años, de una persona de nacionalidad haitiana que resida en Chile con residencia temporaria o definitiva, a fin de radicarse en Chile.
¿Dónde se realiza?
Debe solicitar hora con la Oficina de la Organización Internacional para las Migraciones en Haití https://haiti.iom.int/cavc/. Los solicitantes en ningún momento deben presentar documentos ante el Consulado de Chile en Puerto Príncipe.
¿A quién está dirigido?
A los cónyuges, convivientes civiles (con AUC válido en Chile), hijos menores de edad y mayores que estudien hasta los 24 años, de una persona de nacionalidad haitiana que resida en Chile con residencia temporaria o definitiva.
REQUISITOS
Debe contactar son la Oficina de la Organización Internacional para las Migraciones en Haití para obtener el detalle de los requisitos https://haiti.iom.int/cavc/.
IMPORTANTE:
- Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales.




Información obtenida de: https://chile.gob.cl/chile/blog/haiti/puerto-principe/visa-de-reunificacion-familiar ; www.redinmigrante.org

martes, 17 de abril de 2018

VISA DE RESPONSABILIDAD DEMOCRÁTICA


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Los nacionales venezolanos que busquen radicarse en Chile, podrán obtener una Visa de Residencia Temporal, denominada Visa de Responsabilidad Democrática, por un período de tiempo de un año, prorrogable por el mismo período. Esto es distinto de la Visa de Residencia Definitiva. Solo se puede solicitar en Venezuela. 



PASOS A SEGUIR:


 1.- Para solicitar la Visa de Responsabilidad Democrática, debe acceder a la siguiente dirección electrónica del Sistema de Atención Consular (SAC): https://tramites.minrel.gov.cl

 2.- En esta dirección electrónica debe hacer clic en la pestaña VISA y se abrirá el formulario de DATOS DE VIAJE. Al seleccionar el tipo de visa, debe elegir la alternativa “Visa de Residente Temporario, Responsabilidad Democrática”. 

3.- Ahí deberá completar sus datos personales, escanear y adjuntar la siguiente documentación como requisitos OBLIGATORIOS: 

- Certificado de Antecedentes Penales (con vigencia de 90 días), debidamente Apostillado con código de verificación (legible). Se exceptúan los menores de edad para este requisito.

 - Pasaporte vigente.

 - 1 fotografía de estudio a color 5 x 5, fondo blanco. 

4.- Una vez enviada esa información y verificada la correcta recepción de los documentos solicitados, se le enviará un correo electrónico informando respecto de la aprobación o no del proceso de su solicitud. Sólo en caso de que su solicitud sea aprobada, deberá efectuar el pago de la Visa. Su costo es de Bs 3.276.000 (sujeto a cambio según Dicom).

5.- Para pagar este costo, solo en caso de ser aprobada su solicitud, el consulado le informará los datos y mecanismo para concretar este pago. 

6.- Asimismo, con el propósito de estampar la Visa de Responsabilidad Democrática, el Consulado respectivo le asignará una cita, ocasión en la que deberá traer el correspondiente comprobante de pago de la transferencia bancaria y los documentos solicitados en el Punto N° 2, en original y copia. Cabe señalar que este trámite es estrictamente personal tanto para mayores, como para menores de edad. 

Notas: 



 - Se recomienda contar con la Visa de Responsabilidad Democrática aprobada y estampada en su respectivo pasaporte antes de adquirir pasajes aéreos o terrestres.



 - La visa de Responsabilidad Democrática sólo será tramitada y otorgada por el Consulado General de Chile en Puerto Ordaz y el Consulado General de Chile en Caracas. Esta visa no será otorgada en Chile ni en otros Consulados de Chile en el exterior. 



- El visado de Responsabilidad Democrática es para aquellas personas que desean residir en Chile. Aquellas personas de nacionalidad venezolana que deseen ingresar para hacer turismo por hasta 90 días, no necesitan de visado.

fuente : https://chile.gob.cl

martes, 2 de mayo de 2017

Refugiados




¿Qué personas se consideran como refugiadas?
  • Las que están fuera de su país y no puedan o quieran acogerse a su protección por temores fundados de ser perseguidas por causas como raza, religión, opiniones políticas, nacionalidad o pertenencia a cierto grupo social.
  • Los que han huido de su país de origen y cuya vida, seguridad o libertad estén amenazadas por graves perturbaciones del orden público (por ejemplo, conflictos internos, invasión extranjera o violación masiva de derechos humanos).
  • Quienes carezcan de nacionalidad y por los motivos anteriores no puedan o no quieran volver al país donde residen.
¿Quiénes no pueden ser refugiados?
Las personas que han cometido:
  • Delitos contra la paz, delitos de guerra o cualquier otro delito contra la Humanidad.
  • Delito común grave, cometido fuera de Chile y antes de ser admitido como refugiado.
  • Actos contrarios a los principios y finalidades de la Carta de Naciones Unidas.
Además, no pueden ser refugiados los que ingresan a Chile en calidad de migrantes, es decir, quienes (por ejemplo) buscan residir en nuestro país por razones de trabajo o para mejorar su situación económica. Sin embargo, esto no es impedimento para que estas personas soliciten refugio en caso de que en su país de origen se produzcan situaciones que hagan temer por su vida o seguridad personal al regresar allá.
¿Cómo se solicita refugio?
Una vez dentro del territorio nacional, la persona debe ir a cualquier oficina de Extranjería. También pueden hacer la solicitud ante la autoridad migratoria que se encuentre en un paso fronterizo, quien le entregará la documentación necesaria.
¿Cuáles son los derechos de los refugiados?
Los mismos derechos y libertades que conceden la Constitución, las leyes y los tratados internacionales firmados por Chile. Los refugiados deben recibir al menos la ayuda básica y los mismos derechos que cualquier otro extranjero que sea residente legal en Chile, entre ellas acceso a la salud, educación, vivienda y trabajo.

También tendrán derecho a un permiso de residencia permanente, a contar con cédula nacional de identidad y a documento de viaje (pasaporte).

Todos los trámites para obtener la condición de refugiado, así como para obtener visas y permisos, serán gratuitos.
¿Cuáles son las obligaciones de los refugiados?
Los refugiados deben acatar y respetar todas las obligaciones derivadas de nuestro ordenamiento jurídico, como por ejemplo nuestra Constitución, leyes y reglamentos.
¿Qué compromisos tiene el Estado hacia los refugiados?
  • No se expulsará de Chile a un refugiado o solicitante de refugio.
  • No se sancionará a un refugiado por haber entrado ilegalmente a las fronteras chilenas o por tener residencia irregular.
  • Confidencialidad de los datos personales de quien solicite refugio.
  • Los refugiados o quienes soliciten refugio no serán discriminados por raza, color, sexo, edad, estado civil, religión, nacionalidad, idioma, origen social o cultural, enfermedad o discapacidad, apariencia, opiniones políticas o cualquier otra situación.
  • Los refugiados tendrán derecho a que su condición de tales se extienda a su cónyuge y parientes más próximos, con el objeto de fomentar la reunificación familiar. Esto sólo en ciertos casos y cumpliendo ciertos requisitos, especificados en nuestras leyes y en los tratados internacionales firmados por Chile.
¿Cómo un refugiado deja de serlo?
  • Si voluntariamente ha aceptado la protección de su país de origen.
  • Si ha recuperado su nacionalidad por decisión propia (en caso de que sea refugiado por haber perdido su nacionalidad).
  • Si ha obtenido nueva nacionalidad y aceptado la protección del país que se la otorgó.
  • Si voluntariamente ha decidido radicarse en el país del que huyó.
  • Cuando en su país de origen ya no existen las condiciones que le hicieron pedir refugio, por lo que ya no es posible solicitar la protección de otra nación.
fuente: http://www.bcn.cl

viernes, 6 de enero de 2017

Residencias temporales

¿Qué es la residencia temporal?
Es una autorización temporal (por un periodo determinado) para residir y desarrollar las actividades que expresamente permite la ley.
¿Puedo solicitar una visa de residencia temporal desde el extranjero?
Sí. Acérquese al consulado chileno más cercano, ya sea en su país de origen o en otro país.
¿Cuáles son los tipos de visa de residencia temporal?
Hay cuatro tipos de residencia temporal:
  • Visa Sujeta a Contrato: Habilita para residir y para trabajar en forma exclusiva con el empleador que suscribe el contrato. Tiene una duración de hasta dos años y puede prorrogarse indefinidamente, aunque tras permanecer durante dos años continuos con esta  residencia se puede solicitar la Permanencia Definitiva. El término del contrato de trabajo da término inmediato la visa.
  • Visa Temporaria: Habilita para residir y realizar cualquier actividad lícita. Tiene una duración de hasta un año, y es prorrogable sólo por un año más, período tras el cual se debe solicitar la Permanencia Definitiva o hacer abandono del país. Se puede entregar a  los siguientes extranjeros:
  • Vinculados familiarmente con chilenos o extranjeros con permanencia definitiva
  • Religiosos
  • Jubilados o rentistas
  • Inversionistas y comerciantes
  • Ex residentes (extranjeros cuya residencia en Chile perdió su vigencia)
  • Hijos de extranjero transeúnte (extranjero no residente en el país)
  • Profesionales y técnicos de nivel superior,
  • Trabajadores con dos o más contratos
  • Trabajadores remunerado en el exterior
  • Periodistas o profesionales de medios de comunicación
  • Mujeres embarazadas y tratamiento médico
  • Nacionales de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay
  • Por Motivos Laborales
  • Unión Civil
  • Visa de Estudiante: Habilita a estudiar en establecimientos de enseñanza reconocidos por el Estado. Tiene una duración de hasta un año, o hasta la duración de la beca para quienes cuentan con una. Es prorrogable hasta el término de los estudios, y luego permite  postular a la Permanencia Definitiva.
  • Refugio y asilo político: Para extranjeros cuya integridad se encuentra en peligro.
¿Cuáles son los requisitos para obtener una visa de residencia temporal?
Hay requisitos específicos para cada tipo de residencia temporal:
¿Cuál es el valor de las visas de residencia?
Depende de la nacionalidad del solicitante. Ver tabla de valores
Si tengo vínculo familiar con un chileno, ¿Qué tipo de residencia debo solicitar?
Puede solicitar una visa de residencia temporaria si tiene vínculo familiar de hasta primer grado con un chileno. Es decir, si usted es:
  • Padre o madre un nacionalizado(a) chileno(a)
  • Cónyuge de chileno
  • Hijo(a) de chileno
Al momento de solicitar un permiso de residencia, ¿automáticamente quedo habilitado para trabajar?
No. La visa de residencia:
  • Sólo habilita a trabajar una vez que se encuentra estampada en el pasaporte
  • Sólo habilita a trabajar a los titulares de las visas, pero no a los dependientes
Si usted desea trabajar mientras su visa temporaria o sujeta a contrato está en trámite, deberá solicitar un permiso especial de trabajo para solicitantes de visa de residencia. El costo es el 50% de la Visa Sujeta a Contrato según la nacionalidad que corresponda.

fuente : http://www.extranjeria.gob.cl/

lunes, 14 de abril de 2014

VISA TURISTA PARA VIAJAR A VENEZUELA DESDE CHILE




Visa de Turista (T)

El Gobierno Bolivariano de Venezuela ha establecido una serie de países que no deben presentar una Visa para ingresar al territorio nacional, dentro los cuales se encuentra Chile. Sin embargo, otros ciudadanos de Estados que deben presentar esta documentación están obligados a cumplir con esta medida si quieren visitar Venezuela. Por lo tanto, deberán solicitar una Visa de Venezuela en función del carácter de su visita.

  • Visa Turista: Vigencia de un año, con múltiples entradas y permitirá permanecer en el país por un período de hasta 90 días, prorrogable por igual lapso a juicio del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia.

Se otorgará a quien desee ingresar a la República Bolivariana de Venezuela con fines de recreo, salud o actividades, que no involucren remuneración o lucro, tales como: culturales, artísticas, científicas, deportivas, de contacto con empresas del sector público o privado, o periodística para eventos especiales.

Requisitos para la solicitud de Visa de Turista.

■ Completar la planilla de solicitud de visas - (descargar aquí).

■ Pasaporte vigente con un mínimo de seis (06) meses antes de su vencimiento. Presentar original y fotocopia de la hoja biográfica, notariada y legalizada ante los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores.

■ Fotocopia del Registro Único Nacional (RUN); notariado y legalizado ante los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores. (Si es extranjero con permanencia definitiva en Chile).

■ ORIGINAL DE CARTA DE TRABAJO, notariada y legalizada ante los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores, indicando el cargo, sueldo, tiempo en la empresa, o en su defecto cualquier otro medio que demuestre el origen de sus ingresos. Cuando el solicitante, trabaje por su cuenta, no trabaje o sea menor de edad, debe presentar una Declaración Jurada notariada y legalizada ante los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores, donde indique de que manera costeara su estadía en Venezuela.

■ ORIGINAL DE CARTA DE SOLVENCIA BANCARIA, debe solicitarla en su agencia Bancaria, no se aceptan cartolas ni estados de cuenta.

■ Dos (02) fotografías actualizadas de frente, a color, tamaño carnet (3x4cm.), fondo blanco, sin lentes y sin datos.

■ Fotocopia de la reserva aérea o boleto electrónico. (Ida y vuelta)
Solo en casos de zonas selváticas, presentar Certificado Internacional contra la Fiebre Amarilla. En el caso de que el certificado sea emitido por una institución pública, debe ser legalizado ante el Seremi de Salud y Ministerio de Relaciones Exteriores. Si es expedido por médico particular, debe estar notariado y legalizado ante los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores.

Debe presentar su solicitud con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de viaje.

NOTA IMPORTANTE: Debe presentarse ante la Sección Consular junto con los requisitos para la solicitud para la visa de Turista. (Lunes a Jueves, de 9:00 a 12:30 Hrs.) UNA VEZ APROBADA LA VISA POR LA SECCION CONSULAR, SE INDICARÁN LOS PASOS A SEGUIR PARA LA CANCELACIÓN DE LA ACTUACIÓN CONSULAR (USD$ 30,00).


lunes, 10 de marzo de 2014

Cómo acreditar sustento económico (TE-10)




Documentos complementarios para cualquier solicitud de visa)

> Descargar Requisitos para personas con domicilio en la Región
Metropolitana y  en Gobernaciones Provinciales.
Toda persona que solicite alguna visa de residencia en Chile, debe acreditar de que manera se mantendrá económicamente, tanto mientras se tramita su residencia, como cuando esté otorgada ésta. 

TIPOS DE RESIDENCIA TEMPORARIA




1. Visa temporaria para extranjero con vínculo con chileno(a)

Para solicitar la visa de residencia temporaria bajo el fundamento de un vínculo con personas de nacionalidad chilena, se entenderá que éste existe en el caso de que el solicitante sea hijo, padre, madre o cónyuge de chileno.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos  para Gobernaciones Provinciales

2. Visa temporaria para hijo de extranjero transeúnte

De acuerdo con la legislación de extranjería, podrán solicitar una visa temporaria aquellas personas que al momento de su nacimiento en el territorio nacional, sus padres se encontraban en el país en calidad de turistas.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales

3. Visa temporaria para extranjero vinculado con familiar que posea permanencia definitiva

Podrán solicitar visa de residencia temporaria aquellos extranjeros que tengan vínculos familiares con ciudadanos extranjeros que sean titulares de un permiso de permanencia definitiva en Chile. Para estos efectos, se entenderá como vínculo familiar la relación de hijo, padre, madre o cónyuge.
> Descargar Requisitos Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales

4. Visa temporaria para ex residente

Se podrá conceder visación de residencia temporaria a los extranjeros ex residentes de VISA que hayan tenido residencia durante a lo menos 1 año y que regresen al país después de haber estado ausente por un plazo no superior a 5 años; y los ex titulares de Permanencia Definitiva cuyo permiso haya sido revocado tácitamente por haber estado más de 1 año fuera del país.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.

5. Visa temporaria para religiosos

Se podrá conceder permiso de residencia temporaria a los extranjeros religiosos pertenecientes a iglesias, ordenes o congregaciones reconocidas en el país, que vengan a desarrollar actividades religiosas, docentes o asistenciales.
>Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
>Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.

6. Visa temporaria para jubilados y rentistas

Podrá solicitar permiso de residencia temporaria aquel extranjero jubilado o rentista, que viaje al país por períodos superiores a lo noventa días con motivo de sus actividades o intereses en el país.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.

7. Visa temporaria para inversionistas y comerciantes

Podrá solicitar un permiso de residencia temporaria el empresario, inversionista, comerciante o persona de negocios en general, que viaje al territorio nacional por períodos superiores a los noventa días con motivo de sus actividades e intereses en el país.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.

8. Visa temporaria para profesionales y técnicos de nivel superior, con dos o más contratos, remunerado en el exterior, periodistas o profesionales de medios de comunicación

Es el permiso de residencia que habilita a su titular a residir en el país y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales.
Técnicos de Nivel Superior corresponden a carreras con un mínimo de 1.600 horas académicas; si el título técnico no señala el número de horas cursadas, debe adjuntar un certificado de la Institución que acredite las horas, debidamente legalizado.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.
*INGENIEROS Y TÉCNICOS GRADUADOS EN EL EXTRANJERO.
De acuerdo a Ley N° 12.851 y en cumplimiento del Art. 6°, que señala que “los ingenieros y técnicos graduados en el extranjero y especialmente contratados para ejercer una función determinada en Chile, deberán solicitar autorización del respectivo Colegio para su ejercicio, el cual procederá a inscribirlos en un Registro Especial, en el que se dejará constancia de la actividad específica que se le autoriza realizar y el plazo del respectivo contrato” , http://www.ingenieros.cl

9.  Visa temporaria para embarazadas y tratamiento médico

El Ministerio del Interior, en conjunto con los Ministerios de Salud y Secretaría General de Gobierno han generado un Programa Especial de Protección de la Maternidad, orientado a facilitar el acceso a los servicios de salud para aquellas trabajadoras extranjeras, que residiendo en Chile, quedan embarazadas. Ellas podrán optar a un permiso de residencia temporaria certificando que controlan su situación de embarazo en el centro de salud que corresponde a su domicilio.
> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.

13. Visa “acuerdo sobre residencia de los estados partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile”, nacionales de argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay

Este permiso de residencia se fundamenta en el principio de reciprocidad internacional Oficio Circular N°264645, del 04.12.09, del Subsecretario del Interior, que estipula que se otorgará visación de residente temporario por un año, prorrogable por igual período a los ciudadanos argentinos, bolivianos, brasileros, paraguayos y uruguayos,  que se encuentren en Chile, independiente de la actividad que vengan a realizar, siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos.
NOTA: Para solicitar esta visa, los ciudadanos deben presentar el Pasaporte Vigente.

> Descargar Requisitos y Solicitud para la Región Metropolitana.
> Descargar 
Requisitos para Gobernaciones Provinciales.