jueves, 5 de enero de 2017

Reconocimiento de títulos extranjeros en Chile



Reconocimiento de títulos
Solicitud de registro de títulos obtenidos en el exterior.

Los interesados (chilenos o extranjeros), deben haber obtenido su título en uno de los siguientes países con los cuales Chile ha celebrado tratados:
Tratados Bilaterales
  • Brasil.
  • Colombia.
  • Ecuador.
  • España (sólo se aplica a chilenos y médicos españoles).
  • Perú.
  • Uruguay.
Tratado Multilateral
Convención de México sobre Ejercicio de Profesiones Liberales, firmada en México el 28 de enero de 1902, se aplica a los títulos obtenidos en:
  • Bolivia.
  • Costa Rica.
  • El Salvador.
  • Guatemala.
  • Honduras.
  • Nicaragua.
  • Perú.

Respecto de títulos profesionales obtenidos en otros países, los interesados deben consultar en la Oficina de Títulos y Grados de la Prorectoría de la Universidad de Chile. www.uchile.cl

Procedimientos para solicitar el reconocimiento o registro de Títulos Profesionales:
A contar del día 5 de diciembre de 2016, el trámite de reconocimiento o registro de títulos deberá efectuarse online, a través de la página del Ministerio de Relaciones Exteriores:
En el siguiente banner:
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En el siguiente banner:
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El procedimiento NO tiene carácter presencial, sino que se debe realizar exclusivamente a través de internet, salvo excepciones.
Una vez que se ingresa al banner reconocimiento y registro de títulos se despliega una pantalla que le ofrecerá una serie de campos que el interesado deberá ir completando y cuando sea pertinente deberá adjuntar la documentación de respaldo.
Creada la solicitud recibirá un correo informativo.
Cuando se inicie la tramitación de la solicitud se le comunicará vía email.
Al término del proceso recibirá un correo con un archivo adjunto que contendrá el certificado respectivo, firmado electrónicamente que permitirá su impresión y válido para todos los efectos legales.
Se recuerda que la documentación que debe adjuntar debe encontrarse debidamente apostillada o legalizada.
Las personas que iniciaron su trámite y requieran más información, pueden realizar sus consultas:
A través de la página web www.minrel.gob.cl Atención Ciudadana, donde deben indicar nombre completo, nacionalidad, profesión y fecha de ingreso de la solicitud y, a través de los formularios que se encuentran disponibles en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), que deberán completar con los mismos antecedentes señalados anteriormente.
Se recuerda que las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencia, tienen el siguiente horario:
Agustinas 1320, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Teatinos 180, de lunes a jueves de 9:00 a 17:30 horas y el día viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Documentos que se deben acompañar a la solicitud vía internet
1.-Título profesional original;
2.- Certificado original de Concentración de Notas de la carrera expedido por la universidad o centro de estudios superiores;
3.-Certificado original que acredite la existencia legal de la Universidad, y que es emitido por el ente regulador de educación superior.
Nota:
Los 3 documentos anteriores deben estar debidamente apostillados por la autoridad que la legislación local establezca para dichos efectos.
En el caso que el documento no sea apostillado sino legalizado, el procedimiento será el siguiente:

  • El documento debe estar legalizado por:
    • La autoridad local del país de origen,
    • El Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen,
    • El Consulado de Chile.
    • El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (calle Agustinas N°1320, Primer piso; de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas).

Se reitera que los interesados deben ser chilenos o poseer la nacionalidad del país en el cual se obtuvo el título.
La documentación expedida en Brasil debe presentarse traducida.
Terminado el proceso de reconocimiento o registro de título se enviará un correo electrónico con un archivo adjunto con firma electrónica que podrá imprimir y es válido para todos los efectos legales.
Notas:
- En el caso de los Licenciados en Derecho o abogados, concluido el procedimiento online se envía un "Certificado de Registro", en el cual se señala expresamente que no habilita al ejercicio profesional, que sólo procede luego que la Excma. Corte Suprema de Chile otorga el correspondiente título de abogado.
- La gestión relativa al reconocimiento o registro de títulos profesionales es gratuita.
Casos especiales en que es requerido un examen general:
Quienes deseen reconocer un título otorgado en un Estado Parte de la Convención de México de 1902, relacionado con la medicina y la cirugía (Médicos, Odontólogos, Químico-Farmacéutico, Médicos Veterinarios, Nutricionistas; Obstetras, Kinesiólogos, Tecnólogos Médicos, Enfermeras), deben rendir previamente un examen general, según establece el artículo III de dicho instrumento internacional, para lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores, luego de evaluar los antecedentes, los remite a tales efectos a la Universidad de Chile.
En estos casos, el proceso igualmente se debe realizar on line en la forma ya señalada. Posteriormente se enviará un correo electrónico informativo para que el interesado se contacte con la Universidad de Chile.
Una vez que dicha Universidad informa favorablemente el resultado, el Ministerio de Relaciones Exteriores expide el respectivo certificado de reconocimiento y lo envía al correo electrónico ingresado por el interesado para su impresión, firmado digitalmente y que tiene valor para todos los efectos legales.
Si esa universidad informa que el interesado no aprobó el examen, o que ha dejado transcurrir el tiempo sin rendirlo, la Sección Títulos lo informará al titular por correo electrónico.


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